Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido

Actualidad

Actualidad

Reglamentan el pago de multas por no uso de protectores faciales

Según lo dispuesto en el decreto firmado por el gobernador Omar Gutiérrez el pasado 10 de abril, lo recaudado será destinado a la atención de la emergencia sanitaria.
Sergio Garro
Por Sergio Garro

El ministerio de Gobierno y Seguridad será la autoridad de aplicación de las multas de 2 mil pesos a las personas que incumplan el uso de protectores faciales en tanto que en la sanción a locales comerciales que permitan el ingreso de consumidores o usuarios sin dicha protección, con valores que van de los 50 mil a 200 mil pesos, también intervendrá el ministerio de Ciudadanía. Los fondos estarán destinados a la emergencia sanitaria.

De tal modo se da cumplimiento al decreto 478/20 del pasado 10 de abril por el cual el gobernador Omar Gutiérrez estableció el uso obligatorio de protectores faciales para circular en la vía pública.

Para ello, los ministerios de Gobierno y Seguridad, y de Ciudadanía emitieron ayer en forma conjunta la resolución 95/20 que establece la forma de aplicación de la sanción. Como primera instancia, la policía labrará las actas de infracción. Se aclara que se permiten los protectores caseros, según lo indicado en el artículo 2º del decreto 478.

En el caso de los comercios también están facultados a realizar las infracciones la dirección provincial de Protección al Consumidor, los municipios que hayan coordinado las facultades de vigilancia y control y, en forma supletoria, la propia policía.

Las infracciones se enviarán al ministerio de Gobierno y Seguridad para su juzgamiento y aplicación de la sanción pecunaria que corresponda. Las personas infractoras y locales comerciales tendrán un plazo de 24 horas para hacer el descargo vía correo electrónico a la dirección “[email protected]”.

Una vez que se cumpla dicho trámite o vencido el plazo, el ministerio de Gobierno y Seguridad emitirá un acto administrativo de aplicación de la sanción pecunaria y el talón de pago voluntario, que deberá ser abonado en cualquier sucursal del Banco Provincia del Neuquén (BPN).

Las personas sancionadas podrán recurrir en forma administrativa. En tanto, la falta de pago en término de la sanción pecunaria será pasible de reclamo por vía de apremio a través de la Fiscalía de Estado de la provincia.

Compartinos tu opinión

Te puede interesar

Teclas de acceso